A partir del 1 de octubre 2019, esta regulado por ley el estrés en la oficina

Con la nueva Norma Oficial Mexicana 035, puedes formalizar denuncias si sufres abuso laboral que provoque estrés.

México ocupa el primer lugar en estrés laboral, por encima de países como China. Según el último estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el nivel de estrés en los trabajadores en el mundo.

México tiene un porcentaje de 75 por ciento, lo que indica que los trabajadores padecen síndrome de burnout o fatiga por estrés laboral. En tanto, las dos economías más grandes del planeta: China tiene el 73 por ciento y Estados Unidos 59 por ciento.

El estrés es un estado de cansancio mental provocado por la exigencia de un rendimiento muy superior al normal, que provoca diversos trastornos físicos y mentales a la persona que lo presenta.

La nueva Norma Oficial Mexicana número 035 (NOM 35) entrará en vigor, el 23 de octubre de 2019, pero a partir del 1 de octubre ya se puede formalizar una denuncia en las dependencias correspondientes a nivel nacional y será cumplimiento obligatorio de los patrones cumplir con las multas y/o sanciones que se registraron en 2019, a partir de octubre de 2020.

Con la NOM 035, pequeñas, medianas y grandes empresas deben asegurarse de que sus empleados gocen de plena salud mental y deben hacer un diagnóstico de todas las áreas descuidadas de la empresa. Se tiene que llevar a cabo un cuestionario autorizado por la Secretaría del Trabajo con las acciones a seguir.

En concreto, las PyMEs deberán atender factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño, como resultado de la aprobación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, que dicta:

“Las pequeñas, medianas y grandes empresas deberán atender factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño. Esto para propiciar un entorno organizacional favorable y proteger la salud mental de los trabajadores mexicanos”

Para ello hay que tener claro que los factores de riesgo psicosocial considerados en la norma son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.

Todos los empleados deben conocer la nueva NOM 035 para hacer valer sus derechos y así mismo, las empresas deben asegurar que sus empleados la conozcan, evitar el estrés laboral es un gran avance en cuestiones de Salud Pública.

Asunto: Salud, estrés, empresas, empleados, ley, fatiga, NOM, CDMX