Lista de actividades laborales esenciales que quedan excluidas de las medidas sanitarias por Covid-19.
Te presentamos las actividades que sí pueden operar durante la contingencia sanitaria del 30 de marzo al 30 de abril.
Apoyo a sector salud: Médicos, paramédicos y áreas administrativas en todo el sector salud público y privado.
Seguridad pública y la protección ciudadana: procuración e impartición de justicia, actividad legislativa federal y estatal.
Sector financiero: SAT y sus operaciones.
Las operaciones de los programas sociales del gobierno: Guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para adultos mayores.
La conservación y mantenimiento de infraestructura crítica
Actividades que asegura la producción y distribución de servicios indispensables como el agua potable, energía eléctrica, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel.
Otros:
-Industria de alimentos y bebidas No alcohólicas.
-Servicios privados de emergencia, funerarias y cementerios.
Restaurantes ( sólo alimentos para llevar)
-Autoservicios
-Mercado de alimentos
-Ferretería
-Mensajerías
-Telecomunicaciones
-Medios de Información
Las actividades no esenciales en los sectores públicos, privados y sociales se suspenden con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte en la población residente en el territorio federal.
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