El Salvador, aprueba Bitcoin como moneda de intercambio.

El Salvador, es el primer país en aprobar el uso de Bitcoin como moneda de intercambio.

La Asamblea Legislativa de El Salvador, de mayoría oficialista, ha aprobado la Ley Bitcoin, que permitirá el curso legal de dicha criptomoneda. La iniciativa, solo establece el curso legal del bitcoin y no de otras criptomonedas ni de los proyectos subyacentes. Fue aprobada con los votos de 62 diputados de los 84 en el Parlamento y entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

De acuerdo con el decreto, la ley tiene como objeto la regulación del Bitcoin como moneda de curso legal, ilimitado en cualquier transacción y a cualquier título que la personas naturales o jurídicas públicas, o privadas requieran realizar.

La ley establece que el cambio entre el bitcoin y el dólar estará establecido «libremente por el mercado» y no estará sujeta a impuestos sobre las ganancias de capital al igual que cualquier moneda de curso legal.

La legislación también indica que todo agente económico beberá aceptar el bitcoin como forma de pago «cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio» y que el órgano Ejecutivo creará la estructura institucional necesaria para la circulación de la criptomoneda, de acuerdo a lo establecido en la ley.

El diputado opositor Rodrigo Ávila ha criticado durante su intervención en el pleno que el bitcoin es «un mecanismo monetario volátil y su uso genera una situación grave si no se toman las medidas pertinentes». Ha añadido como argumento que el bitcoin «se permite en varios países pero no ha sido oficializado como moneda de curso legal, lo que sí se está haciendo aquí sin un mayor análisis, ni la discusión debida».

Sin embargo, el presidente Bukele defiende que «la Ley Bitcoin es ambiciosa, pero sencilla, además está bien estructurada para que tenga riesgo cero para quienes no quieran asumir riesgos».

El órgano Ejecutivo deberá crear el reglamento que rija la aplicación de la ley, por lo que se espera que ahí queden aclarados algunos elementos que no explica la legislación, como la «convertibilidad automática e instantánea» de bitcoin a dólar.

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